La Orden PJC/297/2026, publicada el 31/03/2026 en el BOE, ha oficializado las cuotas para el año en curso con efecto retroactivo al 1 de enero:
⚠️ Si tu recibo mensual no alcanza el mínimo, la Seguridad Social regularizará tu situación el año que viene exigiendo la diferencia acumulada. También podrían emitir ahora mismo una liquidación por las diferencias desde enero (sin recargo) para poner tu cuota al día de oficio.
Puedes revisar el importe exacto en el último cargo de tu cuenta bancaria.
Si estás por debajo del límite legal, te recomendamos solicitar el ajuste de cuota inmediatamente. Nosotros nos encargamos de comunicarlo a la Seguridad Social.